El objetivo del Programa Trabajo y Formación Jóvenes tutelados y extutelados es facilitar experiencias profesionales a un sector de población joven, especialmente vulnerable, como son los jóvenes tutelados y extutelados por la Administración de la Generalitat de Catalunya, para facilitar las transiciones posteriores al mercado de trabajo ordinario.
Estas experiencias profesionales tienen una duración de 12 meses y van acompañadas de acciones de formación.
Las actuaciones de este Programa son elegibles por medio del Programa del Fondo Social Europeo Plus de Catalunya 2021-2027, con una cofinanciación del 40%.
- Las administraciones locales de Catalunya o sus organismos autónomos; o las entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquellas.
- Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas con centro de trabajo en Catalunya.
- Las empresas de inserción acreditadas y legalmente constituidas con centro de trabajo en Catalunya.
Personas jóvenes entre 17 y 21 años que tengan condición de tuteladas y/o extuteladas por la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Así mismo, tendrán que cumplir el requisito de estar en situación de demandantes de empleo no ocupados (DENO) de manera previa a la fecha de inicio de la relación laboral, y no haber sido contratadas en el marco de la Resolución EMT/2196/2022, de 30 de junio de la línea de subvención del Programa Trabajo y Formación Jóvenes tutelados y extutelados.
12.000.000 euros, repartidos de la manera siguiente:
- Entidades locales 4.996.984,92 euros
- Entidades sin ánimo de lucro 3.501.507,54 euros
- Empresas de inserción 3.501.507,54 euros
Desde el 19 de septiembre a las 9 horas, hasta el 2 de octubre de 2023 a las 15 horas.
Las actuaciones subvencionables se considerarán iniciadas con la primera actuación de contratación laboral o la primera acción de actuación de acompañamiento.
Las actuaciones de contratación laboral y de acompañamiento se podrán iniciar el día siguiente al otorgamiento.
La actuación de contratación se tiene que iniciar como máximo el 15 de diciembre de 2023.
La actuación de acompañamiento, puede iniciarse como máximo el 15 de noviembre de 2023.
El inicio de la actuación de formación queda condicionado a la ejecución del contrato laboral.
Las actuaciones subvencionadas tienen que finalizar, como máximo, el 14 de diciembre de 2024.
Resolución EMT/3145/2023, de 8 de septiembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2023 en relación con las actuaciones del programa Trabajo y Formación Jóvenes tutelados y extutelados
Orden EMT/170/2023, de 27 de junio, por la que se modifican varias órdenes de bases reguladoras de subvenciones que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.
Orden EMT/2/2023, de 5 de enero, de modificación de la Orden EMT/176/2021, de 9 de septiembre, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Trabajo y Formación (SOC - Trabajo y Formación).
Orden EMT/68/2022, de 20 de abril, de modificación de la Orden EMT/176/2021, de 9 de septiembre, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Trabajo y Formación (SOC - Trabajo y Formación).
Orden EMT/176/2021, de 9 de septiembre, por la cual se aprueban las bases reguladoras por la concesión de subvenciones del programa Trabajo y Formación (SOC – Trabajo y Formación).
Buzón de consulta: treballiformacio.joves.soc@gencat.cat