El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos; y la Ley orgánica 3/2018,de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, regulan una serie de derechos en materia de protección de sus datos de carácter personal.
Este derecho habilita a la persona interesada a solicitar y obtener gratuitamente información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de los datos y las comunicaciones efectuadas o que se prevean realizar.
La persona interesada tiene derecho a acceder a estos datos ya obtener la siguiente información:
- Las finalidades del tratamiento, las categorías de datos personales que se traten y los destinatarios o categorías de destinatarios a los que se han comunicado o se comunicarán los datos.
- El plazo previsto de conservación de los datos personales o criterios utilizados para su determinación.
- El derecho a solicitar al responsable del tratamiento la rectificación o supresión de los datos, la limitación del tratamiento o el derecho a oponerse a los mismos.
- El derecho a presentar reclamación ante la autoridad de control competente.
- El origen de los datos, cuando no se hayan obtenido del interesado.
- La existencia de decisiones automatizadas —incluida la elaboración de perfiles— la lógica aplicada y las consecuencias de este tratamiento.
- En caso de transferencias internacionales de datos, las garantías adecuadas que se ofrecen.
La persona interesada tiene derecho a obtener copia gratuita de los datos objeto del tratamiento. Para copias posteriores, puede establecerse un canon según los costes administrativos. Si se solicita por medios electrónicos, el interesado tiene derecho a recibir la información en ese mismo formato.
La restricción al derecho a obtener copia aplica si perjudica a derechos de terceros
Normativa aplicable:
- Considerandos 63 y 64, y artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos.
- Artículo 13 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales
Una vez recibida la solicitud, el órgano responsable del tratamiento dispone de un mes para atenderla aunque —en el caso de solicitudes complejas o en función del número de solicitudes— el plazo indicado se podría prorrogar dos meses más.
Mediante el derecho de rectificación, la persona interesada puede corregir los datos personales que resulten inexactos o incompletos.
Normativa aplicable:
- Artículo 16 del Reglamento General de Protección de Datos.
- Artículo 14 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Una vez recibida la solicitud, el órgano responsable del tratamiento dispone de un mes para dar respuesta. En el caso de solicitudes complejas o atendiendo al número de solicitudes, el plazo indicado se podría prorrogar dos meses más.
El derecho de supresión implica el derecho de la persona interesada a que el responsable del tratamiento suprima los datos personales que le afectan, sin dilación, cuando concurra alguna de las circunstancias que se indican a continuación:
- Los datos personales ya no son necesarios en relación a las finalidades por las que fueron recogidas o tratadas de otra manera.
- La persona interesada retira el consentimiento en el que se basa el tratamiento y éste no se basa en otro fundamento jurídico.
- La persona interesada se opone al tratamiento y no prevalecen otros motivos legítimos para el tratamiento.
- Los datos personales se han tratado ilícitamente.
- Los datos personales se deben suprimir para cumplir una obligación legal establecida en el derecho de la Unión o de los estados miembros al que está sujeto el responsable del tratamiento.
- Los datos personales se han obtenido en relación a la oferta de servicios de la sociedad de la información mencionados en el artículo 8, apartado 1.
Una vez ejercido el derecho por parte de la persona interesada, se bloquean los datos personales en cuestión y únicamente se conservan a disposición de las administraciones públicas, jueces y tribunales para la atención de posibles responsabilidades derivadas del tratamiento durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido este plazo de bloqueo, se deben suprimir los datos.
Normativa aplicable:
- Considerandos 65 y 66, y artículo 17 del Reglamento General de Protección de Datos.
- Artículos 15, 93 y 94 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales:
- Artículo 15: derecho de supresión.
- Artículo 93: derecho al olvido en búsquedas de Internet.
- Artículo 94: derecho al olvido en servicios de redes sociales y servicios equivalentes.
El órgano responsable del tratamiento dispone de un mes para dar cumplimiento al derecho de supresión desde la recepción de la solicitud.
Es el derecho de la persona a solicitar que no se traten sus datos personales. Este derecho se puede ejercer en los casos siguientes:
- La persona interesada impugna la exactitud de sus datos personales, durante un plazo que permite al responsable verificar la exactitud.
- El tratamiento es ilícito y la persona interesada se opone a la supresión de los datos personales y, en lugar de suprimirlos, solicita que se limite el uso.
- El responsable ya no necesita los datos personales para las finalidades del tratamiento pero la persona interesada las necesita para formular, ejercer o defender reclamaciones.
- La persona interesada se ha opuesto al tratamiento de acuerdo con el artículo 21.1 del RGPD, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los de la persona interesada.
Normativa aplicable:
- Considerandos 69 y 70, y artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos.
- Artículo 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Disposición final tercera LOPD (Modificació de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General/modificación del artículo 39.3)
Una vez recibida la solicitud, el órgano responsable del tratamiento debe dar respuesta a la solicitud en el plazo de un mes. En el caso de solicitudes complejas o en función del número de solicitudes, el plazo indicado se podría prorrogar dos meses más.
La persona interesada tiene derecho a obtener del responsable del tratamiento, la limitación del tratamiento de los datos si se cumple alguna de las condiciones siguientes:
- La persona interesada impugna la exactitud de los datos personales, durante un plazo que permite al responsable verificar la exactitud.
- El tratamiento es ilícito y la persona interesada se opone a la supresión de los datos personales y, en lugar de suprimirlas, solicita que se limite el uso.
- El responsable ya no necesita los datos personales para las finalidades del tratamiento, pero la persona interesada las necesita para formular, ejercer o defender reclamaciones.
- La persona interesada se ha opuesto al tratamiento de acuerdo con el artículo 21.1 del RGPD, mientras que se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los de la persona interesada.
Normativa aplicable:
- Considerandos 69 y 70, y artículo 21 del Reglamento General de Protección de Datos.
- Artículo 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Disposición final tercera LOPD (Modificació de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Una vez recibida la solicitud, el órgano responsable del tratamiento debe dar respuesta a la solicitud en el plazo de un mes. En el caso de solicitudes complejas o en función del número de solicitudes, el plazo indicado se podría prorrogar dos meses más.
Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición al tratamiento y solicitar la limitación:
- En soporte papel, mediante el formulario de solicitud correspondiente que debes dirigir a: Servei Públic d'Ocupació de Catalunya (C/ Llull, 297-307,08010, Barcelona).
- En soporte electrónico:
- Debes adjuntar el formulario de solicitud correspondiente a la petición genérica, con firma disponible en la Sede electrònica de la Generalitat de Catalunya (la presentación de la solicitud por medios electrónicos requiere disponer de certificado electrónico o bien del sistema alternativo de identificación idCAT Móvil). En el caso de no disponer de certificado digital, es necesario adjuntar una copia del DNI/NIE.
- Debes enviar el formulario de solicitud firmado digitalment con DNI electrónico o certificado digital reconocido a protecciodades.soc@gencat.cat. En el caso de no disponer de certificado digital, es necesario que adjuntes una copia del DNI/NIE.