Esta convocatoria tiene por objetivo llevar a cabo acciones formativas dirigidas, de forma prioritaria, a las personas que se encuentran desempleadas.
Esta oferta formativa de calidad y diversa en el territorio es accesible y adaptada a las personas candidatas potenciales, y se ajusta a las necesidades sectoriales y territoriales.
Se pueden realizar las siguientes acciones formativas:
- Especialidades dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad que se programen completas.
- Acciones de competencias clave en idiomas (FCOV).
- Formación complementaria obligatoria (FCO).
- Formación complementaria transversal.
Documentación
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Guía de gestión y justificación de acciones de FPO
Última actualización: febrero 2023
- Las entidades de formación inscritas o acreditadas, en la especialidad solicitada, en el correspondiente Registro de centros y entidades de formación profesional para el empleo.
- Las administraciones públicas de ámbito local y las entidades que estén adscritas o vinculadas con competencia en materia de desarrollo local y de promoción del empleo, de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril , por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya, y también inscritas en el Registro de centros y entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Catalunya.
- Las agrupaciones de entidades, físicas o jurídicas, públicas o privadas, cuando la correspondiente convocatoria lo prevea, de acuerdo con lo que prevé el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Todos los miembros agrupados que ejecuten parte de las acciones tienen la condición de beneficiarios y tendrán que estar inscritos o acreditados, en las condiciones que marque cada convocatoria, y cumplir todos los requisitos previstos en las bases. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, 17 de noviembre, general de subvenciones.
Son las siguientes:
- Personas con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo y/o en situación de vulnerabilidad social (personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, personas mayores de 45 años, personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas de forma ininterrumpida más de 2 años).
- Mujeres.
- Personas que no cobran prestación por desempleo o que no tengan derecho a la misma.
- Personas con baja calificación profesional.
- Jóvenes menores de 30 años.
- Personas trabajadoras en situación de ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
- Personas beneficiarias de los programas que comporten la obligación o compromiso de participar en cursos de formación para el empleo, dentro de las políticas activas de empleo, como el subsidio por desempleo, la renta activa de inserción, el subsidio extraordinario por desempleo, el subsidio por cotización insuficiente o la renta garantizada de ciudadanía.
80.000.000 euros
Ministerio de Educación y Formación Professional (CS)
Desde el 13 al 27 de julio de 2022, ambos incluidos.
Como máximo el 31 de diciembre de 2022.
Como máximo el 31 de diciembre de 2023.
Corrección de erratas en la Resolución EMT/3549/2022, de 2 de noviembre, por la que se amplía el importe máximo destinado al otorgamiento de las subvenciones previstas por la Resolución EMT/2167/2022, de 29 de junio, por la que se abre la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta en áreas prioritarias dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Catalunya (SOC-FOAP).
Resolución EMT/2167/2022, de 29 de junio, por la que se abre la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta en áreas prioritarias dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Catalunya (SOC - FOAP).
Orden TSF/179/2020, de 19 de octubre, de modificación de la Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de Programas de Formación Profesional para el Empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Catalunya. (DOGC nº 8252 Orden publicado el 22/10/2020).
Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de programas de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Catalunya.
Consultas a: qualificacio.soc@gencat.cat