
La dificultad de adquirir una primera experiencia laboral significativa afecta a las personas jóvenes, impide su integración en el mercado de trabajo, su desarrollo profesional y, por lo tanto, personal.
El objetivo del programa es que estas personas adquieran, mediante un contrato de trabajo al amparo de los servicios prestados por las administraciones públicas, las primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales —empatía, creatividad, dotes de liderazgo, capacidad de adaptación, entre otras—.
A través del programa de primera experiencia, se cubrirán preferentemente puestos de trabajo en tareas relacionadas con la transición ecológica y la economía verde, la digitalización de servicios, la cohesión social —la atención de la dependencia e intervención con colectivos vulnerables, la rehabilitación de entornos y vivienda—, así como el desarrollo local rural.
El Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas supone un apoyo operativo al objetivo estratégico de mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes destinatarias finales de la Inversión 1, «Empleo Joven», incluida en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», encuadrado en la política palanca VIII «Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las actuaciones subvencionadas por el SOC en el marco de esta convocatoria se financian con cargo a los fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —Financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.
Pueden ser:
- Los órganos de la administración de la Generalitat de Catalunya y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
- Las otras entidades del sector público de la Generalitat de Catalunya, entre las que se incluyen las entidades de su sector público institucional, las universidades públicas del sistema universitario de Catalunya y sus entidades dependientes que formen el sector público de cada universidad, y otras entidades de derecho público que por atribución legal o reglamentaria pertenezcan al sector público de la Generalitat de Catalunya.
- Las corporaciones locales catalanas y/o entidades dependientes o vinculadas a estas.
No podrán participar, por la especial relación funcionarial y régimen específico de su personal:
- Las entidades y organismos del sector público adscritas al Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya en relación con su personal estatutario sanitario y su personal laboral sanitario.
- El Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya en relación con el personal funcionario de cuerpos docentes.
- Las Universidades públicas catalanas en relación con el personal de cuerpos docentes y de investigación.
- Otras entitadades incluidas en las letras b) y c) del artículo 3.1 de la Orden EMT/246/2021, de 27 de diciembre, modificada por la Orden EMT/212/2022, de 19 de septiembre, en relación con su personal que, estando vinculados por una relación funcionarial o laboral especial, desarrollen tareas análogas a las comprendidas en las letras anteriores a este precepto.
Las persones que sean contratadas deberán estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Catalunya, jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años.
Además, tendrán que complir los requisitos para formalitzar un contrato formativo para obtener la pràctica professional. Estos requisitos deben cumplirse el día anterior al inicio del contrato.
9.408.890,08 euros
Desde el día 25 de julio hasta el 6 de septiembre de 2023.
Las actuaciones subvencionables se podrán iniciar a partir de la fecha de Resolución de otorgamiento (como máximo, este inicio podrá ser el 15 de diciembre de 2023).
Los contratos subvencionados tendrán una duración de 12 meses y su plazo de ejecución se podrá iniciar a partir de la fecha de Resolución de otorgamiento (como máximo, este inicio podrá ser el 15 de diciembre de 2023); y tienen que finalizar, como máximo, el 14 de diciembre de 2024.
Resolución EMT/2694/2023, de 19 de julio, por la que se abre la convocatoria para el año 2023 en relación con las actuaciones del programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas, de contratación de personas jóvenes desocupadas en el seno de los servicios prestados por estas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU (SOC – PRIMERA EXPERIENCIA).
Resolución EMT/3709/2022, de 14 de noviembre, por la que se modifican varias resoluciones de convocatoria de ayudas efectuadas en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU.
Orden EMT/246/2021, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por estas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden EMT/212/2022, de 19 de septiembre, de modificación de la Orden EMT/246/2021, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por estas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Buzón de contacto: primeraexperienciaaoj.soc@gencat.cat