El objetivo del 'Programa Trabajo y Formación Jóvenes tutelados y extutelados' es facilitar experiencias profesionales a un sector de población joven, especialmente vulnerable, como son los jóvenes tutelados y extutelados por la Administración de la Generalitat de Catalunya, para facilitar las transiciones posteriores al mercado de trabajo ordinario.
Estas experiencias profesionales tienen una duración de 12 meses y van acompañadas de acciones de formación.
El programa está cofinanciado por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del Ministerio de Trabajo y Economía Social del año 2022.
- Las administraciones locales de Catalunya o sus organismos autónomos, o las entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquellas.
- Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas con centro de trabajo en Catalunya.
- Las empresas de inserción acreditadas y legalmente constituidas con centro de trabajo en Catalunya.
- Personas jóvenes entre 17 y 25 años que tengan condición de tuteladas y/o extuteladas por la Administración de la Generalitat de Catalunya.
- También pueden ser personas destinatarias los o las jóvenes entre 17 y 25 años que dispongan de un documento acreditativo de ser atendido por Servicios Sociales.
Así mismo tendrán que cumplir el requisito de estar en situación de demandantes de empleo no ocupadas (DENO) de manera previa a la fecha de inicio de la relación laboral, y no haber sido contratadas por la convocatoria EMT/2870/2021, de 17 de septiembre, de la línea de subvención del 'Programa Trabajo y Formación Jóvenes tutelados y extutelados'.
10.000.000,00 euros, repartidos de la siguiente manera:
- Entidades locales: 4.336.188,44 euros.
- Entidades sin ánimo de lucro: 2.831.905,78 euros.
- Empresas de inserción: 2.831.905,78 euros.
El plazo de presentación de las solicitudes cuenta desde el día siguiente a la publicación, a las 9:00 horas, de esta resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya hasta el 28 de julio del 2022, a las 15:00 horas.
- Las actuaciones subvencionables se considerarán iniciadas con la primera actuación de contratación laboral o la primera acción de actuación de acompañamiento.
- Las actuaciones de contratación laboral y de acompañamiento se podrán iniciar el día siguiente al otorgamiento.
Las actuaciones de contratación laboral y las actuaciones de formación vinculadas a los contratos de trabajo de 12 meses tienen que finalizar —como máximo— el 30 de noviembre de 2023, incluido.
La actuación de acompañamiento podrá finalizar —como máximo— el 30 de noviembre de 2023, incluido.
- Resolución EMT/2196/2022, de 30 de junio, por la que se abre la convocatoria, para el año 2022, en relación con las actuaciones del programa Trabajo y Formación Jóvenes tutelados y extutelados.
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Orden EMT/68/2022, de 20 de abril, de modificación de la Orden EMT/176/2021, de 9 de septiembre, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Trabajo y Formación (SOC - Trabajo y Formación).
- Orden EMT/176/2021, de 9 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Trabajo y Formación (SOC - Trabajo y Formación).
Buzón de consulta: treballiformacio.joves.soc@gencat.cat