A los efectos de la cofinanciación de las actuaciones por el Fondo Social Europeo, la elegibilidad de las convocatorias derivadas de esta Orden de bases a partir del año 2021, este incluido, se determinará en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo de Catalunya 2021-2027, con el objetivo de poner en marcha los sistemas de Garantía Juvenil y con el fin de luchar contra el desempleo entre las personas jóvenes.
El Programa TLN Mobilicat se enmarca en la medida relativa a los programas de movilidad internacional dentro del espacio de la UE para mejorar las competencias profesionales, lingüísticas, transversales y personales.
El objetivo general es facilitar la inserción laboral estable a personas jóvenes inscritas como demandantes de empleo no ocupadas (DENO) y en situación de beneficiarias en el Registro del Servicio Nacional de Garantía Juvenil, en fecha inmediatamente anterior al inicio de la actuación por medio de la mejora del perfil profesional y de las competencias personales claves, haciendo periodos de prácticas formativas en empresas públicas y privadas de estados miembro de la Unión Europea.
El SOC, en el marco de esta convocatoria, impulsa la línea de subvenciones del Programa TLN Mobilicat, que ofrece servicios de preparación y capacitación lingüística e intercultural a los participantes como elementos previos y preparatorios para la adquisición de experiencia profesional práctica en un país de la Unión Europea. Una vez superada la fase de preparación y la capacitación, se llevará a cabo el periodo de prácticas profesionales no remuneradas en países de la Unión Europea.
Programa cofinanciado por el Fondo Social Europeo
Documentación
- Guía de solicitud Programa TLN Mobilicat (Abre en pestaña nueva)
- Guía GIA Programa TLN Mobilicat (Abre en pestaña nueva)
- Guía de prescripciones técnicas (Abre en pestaña nueva)
- Guía orientativa para cumplimentar la declaración responsable del programa TLN Mobilicat 2021 (Abre en pestaña nueva)
- Preguntas frecuentes (Abre en pestaña nueva)
Entidades beneficiarias
Pueden ser entidades beneficiarias de estas ayudas las entidades de titularidad pública o privada, sin afán de lucro y con establecimiento operativo en Catalunya, que hayan llevado a cabo con anterioridad acciones de movilidad transnacional.
En relación con las entidades beneficiarias, hay que tener en cuenta lo que dispone el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Personas destinatarias
Las acciones ejecutadas en el marco del Programa Operativo 2021-2027 se dirigen obligatoriamente a personas mayores de edad y menores de 30 años, que estén inscritas al Registro del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con la condición de persona beneficiaria, el día anterior al inicio de las acciones formativas.
Las personas beneficiarias tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Estar inscritas como demandantes de ocupación no ocupadas (DENO) en el Servicio Público de Empleo de Catalunya, el día anterior al inicio de las acciones formativas.
- Estar en posesión, como mínimo, de la titulación de formación secundaria obligatoria y disponer de una especialidad de formación para el empleo acreditada.
Las personas en reserva susceptibles de ser sustitutos de los participantes que puedan causar baja tienen que cumplir los mismos requisitos desde el día anterior a su incorporación al proyecto.
La entidad tiene que incluir los datos de las personas en reserva, en la ficha resumen del proceso de selección que presente en la Oficina de Trabajo. En caso de que una persona en reserva pase a ser persona participante del proyecto a consecuencia de una sustitución, la entidad tiene que solicitar la autorización a la Unidad Planificadora, que tendrá que autorizar el cambio. Las personas destinatarias de las subvenciones que prevé esta Resolución son las que recoge la base 3 del anexo 1 de la Orden TSF/151/2017, de 11 de julio.
Personas jóvenes destinatarias que hayan finalizado la formación secundaria obligatoria y que puedan acreditar la realización de una especialidad de formación para el empleo, sean certificados de profesionalidad o no, con una duración mínima de 200 horas, y que se encuentren en una de las situaciones siguientes:
- Sin experiencia laboral previa.
- O bien, con experiencia laboral inferior a doce meses. No se tendrá en consideración, para su elegibilidad, una experiencia laboral previa inferior a doce meses en la especialidad realizada.
Personas jóvenes destinatarias que hayan finalizado estudios de especialización de grado medio y superior y que se encuentren en una de las situaciones siguientes:
- Sin experiencia laboral previa.
- O bien, con experiencia laboral inferior a doce meses. No se tendrá en consideración, para su elegibilidad, una experiencia laboral previa inferior a doce meses en la especialidad realizada.
En este sentido, las personas que conforman este colectivo destinatario del Programa TLN Mobilicat, a pesar de tener las competencias básicas adquiridas, presentan carencias formativas y necesitan acompañamiento y experiencia laboral en el ámbito de la especialidad para facilitar su proceso de retorno o ingreso al mundo laboral.
Presupuesto
2.000.000 euros.
Cofinanciado por el Programa operativo del Fondo Social Europeo de Catalunya 2021-2027.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 29 de octubre hasta el 12 de noviembre 2021.
Periodo de actuación
31 de diciembre de 2021 a 30 de noviembre de 2022.
Normativa
Resolución EMT/3189/2021, de 22 de octubre, por la que se abre la convocatoria, para el año 2021, en relación con las actuaciones al Programa TLN Mobilicat que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC – TLN MOBILICAT).
Orden EMT/183/2021, de 27 de septiembre, de modificación de la Orden TSF/151/2017, de 11 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al Programa TLN Mobilicat (SOC – MOBILICAT).
Orden TSF/121/2019, de 17 de junio, de modificación de la Orden TSF/151/2017, de 11 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al Programa TLN Mobilicat (SOC – Mobilicat).
Orden TSF/151/2017, de 11 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al Programa TLN Mobilicat.
Contacto
Buzón de contacto: tlnmobilicat.soc@gencat.cat