La Orden tiene como objeto definir las bases que tienen que regular la concesión de subvenciones públicas para la realización de acciones formativas, dirigidas de manera prioritaria a personas desocupadas, con el fin de configurar esta oferta formativa de calidad, diversa y suficiente en el conjunto del territorio, accesible y adaptada a los/a las potenciales candidatos/tieso, ajustada a las necesidades sectoriales y territoriales y que respete el principio de equilibrio territorial.
Las especialidades convocadas se encuentran detalladas al anexo 3 de la convocatoria.
Se continúa ofreciendo, además de la modalidad presencial, la modalidad de teleformación que se detallan al anexo 6 de la convocatoria.
Cofinanciación del 50% del Fondo Social Europeo
Entitats beneficiàries
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades siguientes, constituidas legalmente y con establecimiento operativo en Catalunya:
- Las entidades de formación inscritas o acreditadas, en la especialidad solicitada, en el correspondiente Registro de centros y entidades de formación profesional para el empleo.
- Las administraciones públicas de ámbito local y las entidades que estén adscritas o vinculadas con competencia en materia de desarrollo local y de promoción del empleo, de acuerdo con el que establece el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya, inscritas al Registro de centros y entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Catalunya.
Podrán ser beneficiarias de esta convocatoria las entidades previstas en el apartado a) de la base 3.1 del anexo 1 de la Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre, que a fecha de publicación de esta convocatoria estén inscritas o acreditadas en el correspondiente Registro de centros y entidades de formación, consten en GIA de alta o en inscripción de oficio y que tengan establecimiento operativo en Catalunya.
Para las acciones que se impartan en modalidad presencial, además, se aceptarán las solicitudes de las entidades que hayan pagado las correspondientes tasas de los expedientes de alta o modificación de datos al Registro, y el estado en la aplicación GIA de estas solicitudes sea “pendiente de resolución de alta”.
Persones destinatàries
- Personas con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo y/o en situación de vulnerabilidad social (personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, personas mayores de 45 años, personas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas de forma ininterrumpida más de 2 años).
- Mujeres.
- Personas que no cobran prestación por desempleo o que no tengan derecho.
- Personas con baja calificación profesional.
- Los jóvenes menores de 30 años.
- Personas trabajadoras en situación de ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo).
- Las personas beneficiarias de los programas PREPARA, Activación para el Empleo y otros que comporten la obligación o compromiso de participar en cursos de formación para el empleo, dentro de las políticas activas de empleo.
En la selección de alumnos también se tendrán en cuenta aquellas personas demandantes de empleo inscritas como solicitantes de protección internacional y otros colectivos vulnerables sometidos a persecución, siempre que cumplan los requisitos que establezca el correspondiente programa formativo.
Pressupost
38.417.716,00 euros
Ministerio de Trabajo y Economía Social (Conferencia Sectorial)
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Termini de presentació de sol·licituds
El plazo de presentación de solicitudes empieza el 16 de noviembre de 2020 y acaba el 20 de noviembre de 2020, ambos incluidos.
Inici de les accions
Las entidades que resulten beneficiarias tendrán que iniciar al menos alguna de las acciones formativas a partir de la fecha de publicación de la resolución de otorgamiento de la subvención y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Termini de les accions
Las actuaciones subvencionables que prevé esta Resolución se tienen que iniciar como máximo el 31 de diciembre de 2020 y tienen que finalizar como máximo el 30 de octubre de 2021.
Normativa
Corrección de erratas en la Resolución TSF/2866/2020, de 11 de noviembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta en áreas prioritarias dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC - FOAP)
Resolución TSF/2866/2020, de 11 de noviembre, por la que se abre la convocatoria para el año 2020 de las subvenciones para la realización de acciones de formación de oferta en áreas prioritarias dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC - FOAP)
Orden TSF/179/2020, de 19 de octubre, de modificación de la Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de Programas de Formación Profesional para el Empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.
Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de programas de formación profesional para el empleo dirigidas prioritariamente a personas trabajadoras desocupadas, que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.
Contacte
Buzón de contacto: qualificacio.soc@gencat.cat