Servicio de atención a las mujeres en situación de violencia machista que ofrecen las oficinas de Trabajo del SOC
- ¿Qué es la Red DOT?
- ¿Qué ofrece la Red DOT?
- ¿A quién se dirige?
- ¿Dónde se facilita este servicio?
- ¿Durante cuánto tiempo se puede recibir este servicio?
- ¿Es necesario estar inscrita en la oficina de Trabajo para solicitar este servicio?
- ¿Qué hay que hacer para solicitar este servicio si ya se está inscrita en la oficina de Trabajo?
- Si no se está inscrita en ninguna oficina de Trabajo y tampoco en el domicilio habitual, ¿a dónde hay que ir para solicitar el servicio?
- ¿Qué hay que hacer si ya se recibe el servicio y se cambia de domicilio?
- ¿Cuál es el modelo de atención y cómo es el acompañamiento que ofrece la Red DOT?
- ¿Por qué hay que acreditar la condición de víctima de violencia de género?
- ¿Quién puede acreditar la condición de víctima de violencia de género?
- ¿Cómo se acredita la condición de víctima de violencia de género?
- ¿Qué es el modelo común de acreditación?
- ¿Tiene caducidad la condición de víctima de violencia machista?
- ¿Pueden recibir acompañamiento de la Red DOT las mujeres pendientes de acreditar la condición de víctima de violencia de género?
¿Qué es la Red DOT?
La Red DOT es un servicio para mujeres en situación de violencia machista, que ofrece un acompañamiento personalizado y permanente para facilitar su inserción laboral.
¿Qué ofrece la Red DOT?
- Puntos de atención en todas las oficinas de Trabajo.
- Profesionales de la orientación con formación específica y permanente en violencia machista.
- Información sobre recursos de trabajo disponibles.
- Asesoramiento individualizado para la mejora del perfil profesional.
- Acompañamiento en el diseño de itinerarios personalizados de inserción laboral.
- Apoyo en la tramitación de ayudas y prestaciones.
- Confidencialidad.
¿A quién se dirige?
Pueden acceder al servicio las mujeres en situación de violencia machista inscritas como demandantes de empleo, que voluntariamente lo soliciten.
¿Dónde se facilita este servicio?
Preferentemente, en la oficina de Trabajo que corresponda según el domicilio de la mujer; pero las mujeres en esta situación se pueden dirigir a cualquier oficina de Trabajo de Catalunya.
¿Durante cuánto tiempo se puede recibir este servicio?
Cada mujer marca los ritmos, la intensidad y la duración del acompañamiento que quiere recibir por parte de los profesionales de la Red DOT del SOC.
¿Es necesario estar inscrita en la oficina de Trabajo para solicitar este servicio?
Sí, la inscripción como demandante de empleo forma parte del servicio y es un requisito previo a la solicitud de ayudas, prestaciones y participación en políticas activas de empleo.
Si nunca ha estado inscrita y no forma parte de las bases de datos del SOC, hay que dirigirse a la oficina de Trabajo correspondiente para formalizar el proceso de inscripción e informar de la situación de violencia machista y/o del conocimiento del servicio.
¿Qué hay que hacer para solicitar este servicio si ya se está inscrita en la oficina de Trabajo?
Las mujeres que ya están inscritas como demandantes de empleo pueden dirigirse a cualquier oficina de Trabajo (preferiblemente, la que corresponda en función de su domicilio). Una vez en la oficina, recibirán información sobre el servicio que ofrece la Red DOT y se les asignará una profesional para hacer el acompañamiento.
Si no se está inscrita en ninguna oficina de Trabajo y tampoco en el domicilio habitual, ¿a dónde hay que ir para solicitar el servicio?
En cualquier oficina de Trabajo. Solo hay que informar de la situación de violencia machista a la persona que le atienda.
¿Qué hay que hacer si ya se recibe el servicio y se cambia de domicilio?
Es necesario que la mujer comunique el cambio de domicilio a la persona que hace el acompañamiento y pedirle los datos de contacto de la persona de referencia de la oficina de Trabajo que corresponde al nuevo domicilio.
La mujer también puede dirigirse directamente a la oficina de Trabajo que corresponde al nuevo domicilio y preguntar por la persona referente de la Red DOT; todas las oficinas de Trabajo del SOC son puntos de atención de la Red DOT y disponen de un equipo de profesionales que trabajan de manera coordinada para garantizar la proximidad, la confidencialidad y la calidad del servicio.
¿Cuál es el modelo de atención y cómo es el acompañamiento que ofrece la Red DOT?
- Atención individualizada y acompañamiento personalizado
La Red DOT ofrece acompañamiento personalizado y específico durante el proceso de inserción laboral, poniendo a la mujer en el centro de este proceso. El personal de la Red DOT ayuda las mujeres a diseñar su itinerario de inserción laboral y pone a su disposición los recursos disponibles que, en cada momento de su proceso de recuperación, pueden ayudarles a mejorar su perfil profesional y su búsqueda activa de trabajo. Desde la Red DOT, también se ofrece apoyo en la solicitud de ayudas y prestaciones.
- Proximidad
El servicio está presente en todo el territorio. Cada una de las oficinas de Trabajo es un punto de atención. Se puede solicitar el acompañamiento de la Red DOT dirigiéndose a cualquier oficina de Trabajo, puesto que todas disponen de profesionales de referencia.
- Equipo profesional
Profesionales de la orientación con formación inicial de capacitación y permanente en materia de violencia machista actúan como referentes de las mujeres en situación de violencia machista que, voluntariamente, lo soliciten.
- Trabajo en red
La Red DOT trabaja plenamente integrada en los circuitos de abordaje de las violencias machistas de los diferentes territorios, para ofrecer una respuesta integral a las necesidades de cada mujer en cada momento de su proceso de recuperación.
- Confidencialidad de la información
Para velar por la seguridad de la mujer, la Red DOT ha adaptado sus herramientas de gestión y ha desplegado un modelo de atención que permite garantizar un acceso y un uso controlado de la información relativa a la situación de violencia machista, a la participación en el servicio, a los datos que puedan conducir a la localización y, si es el caso, invisibilizar la participación en este servicio.
¿Por qué hay que acreditar la condición de víctima de violencia de género?
La acreditación de ser víctima de violencia machista permite acceder a las actuaciones y recursos que prevé el modelo de acompañamiento laboral del SOC a cualquier mujer con indicios de estar en esta situación, sin necesidad de denuncia. Al mismo tiempo, asegura el acceso a todos los recursos, derechos y prestaciones reconocidos por la Ley.
¿Quién puede acreditar la condición de víctima de violencia de género?
Las mujeres que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- En el proceso de toma de decisión para denunciar su situación.
- Con un procedimiento judicial que haya quedado archivado o en sobreseimiento.
- Con sentencia condenatoria firme con pena o penas ya extinguidas.
- Mujeres a las que se ha denegado la orden de protección, pero existan diligencias penales abiertas.
- Cuando hay antecedentes previos de denuncia o retirada de la misma.
¿Cómo se acredita la condición de víctima de violencia de género?
La acreditación de la condición de persona en situación de violencia machista se tiene que hacer con alguno de los siguientes medios de prueba (según la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista):
- Ámbito jurídico y de protección a la persona:
- La sentencia de cualquier orden jurisdiccional, a pesar de que no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido alguna de las formas de esta violencia.
- La orden de protección vigente.
- El informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Cualquier medida cautelar judicial de protección, seguridad o de aseguramiento vigente.
- El atestado elaborado por las fuerzas y cuerpos de seguridad que han presenciado directamente alguna manifestación de violencia machista.
- El informe del Ministerio Fiscal.
- Ámbito médico y psicológico:
- El informe médico o psicológico elaborado por una persona profesional colegiada, en el cual conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario a causa de maltrato o agresión machista.
- Órganos y servicios públicos:
- El informe de los servicios públicos con capacidad de identificación de las situaciones de violencia machista. Se reconoce esta capacidad a los servicios sociales de atención primaria, a los servicios de acogida y recuperación, a los servicios de intervención especializada y a las unidades especializadas dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como a los Servicios de información y atención a las mujeres (SIAD).
- El informe del Instituto Catalán de las Mujeres (Institut Català de les Dones).
El listado de recursos y servicios que pueden hacer la acreditación por comunidades autónomas está disponible al Anexo 2 del “Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 11 de noviembre de 2021, relativo a la acreditación de las situaciones de violencia de genero”.
¿Qué es el modelo común de acreditación?
¿Tiene caducidad la condición de víctima de violencia machista?
En cuanto al dispositivo de atención a las mujeres en situación de violencia machista en las oficinas de Trabajo, la situación de las mujeres no tiene fecha de caducidad, puesto que no es posible determinar el momento en que finalizan las posibles secuelas de la violencia sufrida. No obstante, pasados cinco años, la profesional de referencia en violencia machista (VM) de la oficina puede requerir a la mujer una nueva acreditación de la condición VM para confirmar que la situación se mantiene. Hay que tener en cuenta, no obstante, que las diferentes administraciones pueden aplicar otros criterios en relación al pago de ayudas o subvenciones.
¿Pueden recibir acompañamiento de la Red DOT las mujeres pendientes de acreditar la condición de víctima de violencia de género?
Sí. También serán atendidas las mujeres que manifiesten la situación y que estén pendientes de disponer de una acreditación.