Subvenciones destinadas a personas para realizar acciones de movilidad de aprendizaje en el extranjero de tres tipos:
- Prácticas para personas que cursen o hayan cursado un certificado de profesionalidad determinado en uno de los centros del consorcio ITER.
- Aprendizaje por observación para el personal de los centros del consorcio ITER.
- Acciones de movilidad de personas acompañantes en caso de necesidad.
Además, las subvenciones también pueden ofrecer un apoyo para la formación lingüística, en el supuesto de las personas que cursen o hayan cursado un certificado de profesionalidad y hagan una movilidad de aprendizaje en el extranjero con este programa.
El SOC da la oportunidad de llevar a cabo estas movilidades dentro del marco del Programa Erasmus+ 2021-2027, puesto que es beneficiario de una acreditación para ejecutar este tipo de proyectos, y también de dos proyectos para financiar movilidades de aprendizaje.
Este proyectos se ejecutan mediante el consorcio Erasmus ITER Mobility que determina —con la aprobación de cada proyecto— la relación de centros que forman parte, y su alumnado y personal pueden ser personas beneficiarias de las movilidades.
Para llevar a cabo este programa anualmente se determina la composición del Consorcio de Movilidad. En este contexto, se entiende como consorcio —de acuerdo con la Guía Erasmus+— “dos o más organizaciones participantes que colaboran en la preparación, la ejecución y el seguimiento de un proyecto o de una actividad enmarcada en un proyecto”, e integrado por instituciones reconocidas que imparten formación para el empleo —tal como establece la normativa Erasmus+—.
El SOC está acreditado para solicitar financiación anualmente al SEPIE, en número de la misma institución y otros centros asociados para las finalidades que se establecen en la Orden correspondiente.
En este marco, el Consorcio que recibe el número de ITER Mobility se la agrupación de centros y organismos que presentan la solicitud de los proyectos de manera conjunta y que se comprometen a la participación.
La convocatoria de estos proyectos también está abierta a la participación en todos los centros y organismos vinculados con la formación profesional, tal como recoge la Guía del Programa Erasmus+ y la web del SEPIE.
Anualmente, la resolución de la convocatoria concretará los centros de formación continua y formación profesional para el empleo que formarán parte del Consorcio ITER Mobility que coordina el SOC. Esta concreción se hace en base a las directrices que recoja la Guía Erasmus+ vigente en el momento de la publicación de la convocatoria, que prevé un apartado de proyectos acreditados para la movilidad de estudiantes y personal de educación y formación profesionales.
Solo las personas vinculadas a los centros que forman parte del Consorcio pueden participar en el programa Erasmus+ ITER Mobility: las personas que hayan obtenido un certificado de profesionalidad en uno de los centros miembros del Consorcio y también las personas con una vinculación laboral con los centros.
- el Servicio Público de Empleo de Catalunya, coordinador del Consorcio, (con la implicación del Área de Programas Internacionales, todos los Centros de Innovación y Formación Ocupacional, y el Servicio de Formación Profesional para la Inserción Laboral),
- el Consorcio para la Formación Continua de Catalunya (CFCC),
- el Centro de Estudios Jaume Balmes,
- la Fundació Catalana de l'Esplai,
- Diseño Educativo,
- el Centro CUMBRE,
- Promoción Económica de Sabadell, Ayuntamiento de Sabadell,
- el Centro de Enseñanzas Técnicas Penedès,
- Fomento de Terrassa,
- la Escuela Sant Gervasi,
- la Fundación Pere Tarrés,
- el Gremio de Panaderos de la Provincia de Barcelona,
- y la Fundación Eurecat.
1. Las personas que hayan cursado un certificado de profesionalidad en alguno de los centros que sean miembros del Consorcio ITER Mobility.
Requisitos:
- Estar inscritas como demandantes de empleo en el SOC el día antes de la fecha de presentación de la solicitud.
- Estar cursando o haber finalizado dentro de los últimos doce meses previos al inicio de la movilidad uno de los certificados de profesionalidad prioritarios en un centro miembro del Consorcio, de acuerdo con la Resolución de la convocatoria correspondiente.
- Haber obtenido la validación del centro de formación miembro del Consorcio ITER Mobility donde se ha cursado el certificado de profesionalidad.
- Haber sido aceptadas por una empresa en el extranjero para hacer las prácticas.
- Tener permiso para viajar y estar en el país de destino durante el periodo solicitado.
- No estar matriculadas en un ciclo formativo de grado superior o grado universitario.
2. Personal profesional vinculado en los centros miembros del Consorcio ITER Mobility.
Requisitos:
- Tener un vínculo laboral con uno de los centros miembros del Consorcio ITER Mobility que indique la resolución de la convocatoria correspondiente.
- Haber obtenido la validación del centro miembro del Consorcio con que se tiene el vínculo laboral.
- Haber sido aceptado por un centro de formación o trabajo en el extranjero donde llevar a cabo la movilidad de aprendizaje por observación.
- Si procede, disponer de permiso para viajar y estar en el país de destino para el periodo solicitado.
3. Personas acompañantes de las personas previstas en el primer punto, cuando sea necesario.
Requisitos:
- Tener permiso para viajar y estar en el país de destino para el periodo solicitado.
- Haber obtenido la aceptación de un centro o institución miembro del consorcio ITER Mobility
El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 19 de diciembre de 2023 a las 9:00 horas y finaliza el día 31 de julio de 2024 a las 17:00 h. En caso de prórroga autorizada por el SEPIE, se dictará resolución de ampliación del plazo de solicitudes que lo fijará hasta el 10 de octubre de 2024.
533.310,00 euros.
Fondos Erasmus+ otorgados por el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).
- En el caso de la actuación de movilidad, a partir a partir de los 3 meses posteriores a la fecha de solicitud, y finalizar —como máximo— el 31 de agosto de 2024, con posibilidad de prorroga hasta el 10 de marzo de 2025, previa autorización del SEPIE, i se dictará resolución de ampliación de plazo de ejecución.
El periodo de movilidad tiene, de acuerdo con la tipología de personas previstas a la base 3 del anexo 1 de la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, las siguientes duraciones:
- La movilidad de las personas previstas al apartado a) de la base 3 del anexo 1 la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el periodo de movilidad tiene una duración mínima de 60 días y máxima de 184 días (días de viaje excluidos).
- La movilidad de las personas previstas al apartado b) de la base 3 del anexo 1 la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el periodo de movilidad es de 5 días (días de viaje excluidos).
- La movilidad de las personas previstas al apartado c) de la base 3 del anexo 1 la Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, el periodo de movilidad tiene una duración mínima de 2 días y máxima de 184 días, según la necesidad (días de viaje excluidos).
- En el caso de la actuación de formación lingüística, desde el día siguiente al día de la publicación de la Resolución de convocatoria y tiene que finalizar como máximo durante los primeros 30 días de la movilidad.
Resolución EMT/4215/2023, de 29 de noviembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2024 en relación con la concesión de subvenciones para movilidades en el extranjero para el aprendizaje para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility (SOC-ERASMUS ITER).
Orden EMT/188/2022, de 26 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para movilidades de aprendizaje en el extranjero para las personas participantes en el Programa Erasmus+ ITER Mobility (SOC-ERASMUS ITER).
Buzón de contacto: erasmusplus.soc@gencat.cat