El Programa de Catalunya del FSE+ correspondiente al periodo 2021-2027 (PCAT+) se elaborará y aprobará en el marco del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el cual se establecen las disposiciones comunes relativas en los Fondos europeos; y del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el cual se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Este programa incorporará dentro de sus prioridades, la Garantía juvenil —que en el periodo 2014-2020— constituyó un programa operativo estatal e independiente de los programas regionales del FSE.
Guía para la cofinanciación de actuaciones mediante el FSE+ 2021-2027 v1
Decisión de ejecución de la Comisión Europea, de 15-12-2022, por la cual se aprueba el PCAT+
Presentación del Programa FSE+ Catalunya 2021-2027
Programa FSE+ Catalunya 2021-2027 (PCAT+) catalán
Programa FSE+ Catalunya 2021-2027 (PCAT+)
Anexo I PCAT+ créditos financieros por año.
Anexo II PCAT+ créditos financieros por prioridad.
Presentación de la relación entre los retos de Catalunya y el documento de diagnóstico de la evolución económica, social y laboral FSE+ 2021-2027.
Plan de desarrollo de políticas de empleo de Catalunya 2021-2022.
Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Protocolo de operaciones candidatas a formar parte del Programa dentro de la documentación del período 2021-2027.
- ¿Cómo se puede beneficiar la ciudadanía de estas políticas?
La ciudadanía se puede beneficiar mediante su participación en las actuaciones que reciben la cofinanciación del FSE. Todos los organismos beneficiarios y entidades receptoras de las ayudas tienen que dar publicidad a la cofinanciación de la FSE en sus páginas web y en la documentación vinculada a la actuación. - ¿Cómo se inicia el proceso para cofinanciar un proyecto en FSE+?
En el momento de definir el programa, se describe la tipología de actuaciones incluidas en coherencia con los objetivos establecidos. Una vez aprobada, los organismos que pueden ser beneficiarios de este, tienen que presentar una solicitud de cofinanciación al Servicio Público de Empleo de Catalunya con un documento descriptivo de las actuaciones (borrador de orden de bases y convocatoria, pliegos de cláusulas o documento de programación) y con esto se inicia el procedimiento de selección de la operación o actuación a cofinanciar. - ¿Quiénes son los beneficiarios del Programa de Catalunya del FSE+ (PCAT+)?
Son aquellos departamentos y organismos públicos de la Generalitat de Catalunya, que inician o inician y ejecutan las actuaciones cofinanciadas. Estos beneficiarios se definen en el propio programa. En el caso de convocatorias de ayudas sometidas al régimen de ayudas de estado, los beneficiarios son las entidades receptoras de las ayudas. - ¿Se tienen que cumplir algunos requisitos para poder beneficiarse de la cofinanciación de la FSE+?
En primer lugar, hace falta que las propuestas de actuación se adecuen a los objetivos establecidos en el programa y a la tipología de operaciones que se describen.
Además, hay que acreditar unos sistemas de gestión sólidos, que garanticen la trazabilidad de las actuaciones ejecutadas.
Finalmente, los proyectos que quieran recibir la cofinanciación del FSE+, tienen que fomentar —de manera transversal— los principios horizontales de igualdad de género, igualdad de oportunidades y no discriminación; garantizar que no se vulnera la accesibilidad de las personas con discapacidad y que se respeta el principio de desarrollo sostenible. - ¿Qué tasas de cofinanciación se aplican?
A Catalunya le corresponde una tasa de cofinanciación del 40% sobre el coste total del proyecto, que es la tasa establecida para las regiones más desarrolladas. Aun así, determinados ámbitos de actuación como la innovación social o la privación material, pueden tener tasas de cofinanciación superiores (del 95% y del 90%, respectivamente). - ¿Cómo se aplica la tasa de cofinanciación de la FSE?
Se aplica sobre el coste total del proyecto que se presenta a cofinanciación, incluidas las aportaciones privadas y públicas. En caso de que el gasto sea totalmente público, el importe total de la actuación lo tiene que avanzar el organismo beneficiario. Si hay aportación privada, el organismo público avanzará la parte pública y la entidad privada tendrá que avanzar la parte de aportación privada.
Una vez la actuación está totalmente ejecutada, justificada y efectivamente pagada, se declara el gasto a la CE y es entonces cuando se recibe el ingreso, resultado de aplicar al coste total declarado la tasa de cofinanciación que corresponda —según la actuación de que se trate—. - ¿En qué plazos se pueden presentar solicitudes para cofinanciar proyectos en el marco del FSE+?
En el caso del programa 2021-2027, entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2029. En el caso del programa 2021-2027, entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2029. - Si una actuación ya ha finalizado su ejecución, ¿se puede presentar a cofinanciación?
No, no se pueden cofinanciar las actuaciones si se han ejecutado íntegramente antes de presentar la solicitud de cofinanciación. - ¿Es posible cofinanciar una actuación ejecutada fuera de Catalunya?
Una actuación ejecutada —total o parcialmente fuera de Catalunya— se podrá cofinanciar, siempre y cuando los resultados obtenidos contribuyan a los objetivos del programa PCAT FSE +.