La concertación territorial actúa como elemento canalizador y facilitador de la cooperación, colaboración y coordinación entre todos los agentes que intervienen en el ámbito de las políticas activas de empleo en Catalunya.
El objetivo es el diseño, la implementación y la gestión integradas de las políticas publicas de ocupación en el marco de la estrategia territorial, más próxima a las necesidades reales de las personas; y —de este modo— mejorar su empleabilidad e incrementar la competitividad de las empresas y de los sectores de actividad de los territorios en Catalunya.
La visión de la concertación territorial es la promoción y el fomento de las relaciones entre todos los agentes, para construir y desarrollar de manera conjunta un nuevo modelo que ponga en común los ecosistemas locales con todos los recursos económicos, materiales y humanos necesarios. El objetivo es optimizar su aplicación hacia las personas, las empresas, los sectores y los territorios —con el fin de aumentar las tasas de crecimiento económico y social—; y garantizar un incremento sustancial y de impacto en la calidad de la empleabilidad de todas las personas de Catalunya.
- Cooperación, colaboración y cocreación.
- Proximidad, sostenibilidad, eficacia i eficiencia en las políticas de empleo.
- Vocación de servicio público y situar a las personas en el centro del sistema.
- Transparencia.
- Calidad en la gestión.
Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
Decreto 48/2020, de 24 de marzo, de desarrollo de la Ley 13/2015, de 9 de julio, de ordenación del
sistema de empleo y del Servicio Público de Empleo de Cataluña, en el ámbito de la concertación territorial.
Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.