La capitalización, o pago único de la prestación contributiva del paro, es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de emprendimiento y de empleo autónomo, mediante el abono anticipado de la prestación de desempleo correspondiente y pendiente de cobrar.
Los objetivos de la capitalización del paro son:
- Facilitar e impulsar la creación de negocios como trabajador o trabajadora autónoma.
- Realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de la cual se tenga el control efectivo (de nueva creación o constituida en los últimos 12 meses).
- Facilitar la incorporación como socio/socia en una cooperativa o en una sociedad laboral (de nueva creación o ya existente).
Hay tres modalidades de percepción de esta prestación:
- Total: se recibe por adelantado el 100% de la prestación pendiente para financiar los gastos de puesta en marcha de un negocio o de incorporación en una cooperativa o sociedad laboral o mercantil.
- Parcial: se recibe un porcentaje de la prestación pendiente, y el resto se destina al abono mensual de las cuotas de la Seguridad Social que correspondan.
- Sólo cuotas: se destina el importe de la prestación pendiente de recibir, únicamente, a abonar las cuotas en la Seguridad Social que correspondan hasta percibir la totalidad de la prestación.
Las fórmulas de pago dependen del tipo de actividad y son diferentes para los trabajadores autónomos o socios de una entidad mercantil que para los socios trabajadores o de trabajo de carácter estable en una cooperativa o sociedad laboral.
Todas las personas en situación de desempleo que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar en situación de desempleo.
- Ser beneficiario/a de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir, a fecha de solicitud —al menos— tres mensualidades.
- No haber hecho uso de la capitalización, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y, en todo caso, en fecha posterior a la solicitud.
- No haber compatibilizado la prestación de desempleo con trabajo por cuenta propia durante los últimos 24 meses.
- En caso de haber impugnado ante la jurisdicción social la ruptura de la relación laboral que da derecho a la prestación por desempleo cuya capitalización se solicita, no se puede presentar la solicitud de pago único hasta después de obtener la resolución del procedimiento.
Puedes solicitar la capitalización del paro en cualquier momento, siempre que tengas más de tres meses pendientes de cobro y cumplas con los requisitos establecidos.
Tienes que presentar la solicitud presencialmente en la Oficina de Trabajo más próxima junto con la documentación requerida (según la modalidad de capitalización escogida).
Información: para tramitar la solicitud de capitalización puedes solicitar cita previa a través del teléfono gratuito del SOC: 900 800 046, de 8.30 a 14 horas.
En el apartado del trámite en 'Trámites gencat' Solicitar la capitalización encontrarás la información detallada y complementaria sobre la capitalización del paro y la documentación necesaria para realitzar dicho tramite.