Si es la primera vez que te inscribes como demandante de empleo, puedes llamar al teléfono del SOC: 900 800 046 para obtener cita previa en una Oficina de Trabajo.
Si dispones de un DNI, también puedes solicitar la inscripción como demandante de empleo a través del formulario de solicitud de inscripción en línea.
La solicitud de inscripción hecha mediante el formulario de solicitud de inscripción en línea no se hará efectiva hasta pasadas, como mínimo, 48 horas (si necesitas una inscripción inmediata, debes llamar al teléfono del SOC: 900 800 046).
Una vez hecha esta primera inscripción, tienes que pedir cita a través del teléfono 900 800 046 para hacer una entrevista en profundidad donde se recogerán tus datos personales, de formación, de experiencia laboral, etc.; y se establecerá así tu perfil profesional, con el objetivo de facilitar la colocación. Por eso, tienes que llevar los títulos formativos y los carnés profesionales de los cuales dispones.
Si dispones de un NIE, vinculado a autorización administrativa, puedes solicitar la inscripción mediante el teléfono gratuito del SOC: 900 800 046, donde serás atendidos por el personal de las oficinas de Trabajo para comprobar que dispones de una autorización que permita tu inscripción.
Si has estado inscrito/a con anterioridad y tus datos están actualizados, puedes efectuar una inscripción inmediata a través del web del SOC, opción “
Cambio de situación administrativa”.
Si has hecho la inscripción a través del
formulario de solicitud de inscripción en línea, para conocer la fecha de renovación de la demanda y obtener el documento acreditativo de la inscripción, puedes contactar con la Oficina de Trabajo llamando al 900 800 046; o bien obtenerlo en la
web del SOC (no se podrá obtener esta información hasta pasadas 48 horas desde la solicitud).
Las personas extranjeras con nacionalidad de un país de la Unión Europea (UE) o bien del Espacio Económico Europeo (EEE) tienen que disponer del "Certificado de registro de ciudadano de la UE” (documento verde) en que consta el nombre, la nacionalidad y el domicilio de la persona registrada, su número de identidad de extranjero (NIE) y la fecha del registro.
Sin embargo, cuando el ciudadano de la UE o del EEE lleve menos de tres meses en España, se puede inscribir con el pasaporte o bien con el documento de identidad en vigor, pero tiene que tener en cuenta que después tendrá que aportar este “Certificado de registro de ciudadano de la UE” para mantener vigente su inscripción.
Las personas extranjeras que no sean de un país de la UE o del EEE necesitan disponer de una autorización administrativa de estancia, de residencia o de residencia y trabajo vigente (no caducada). En caso de que la autorización administrativa esté caducada, debe disponer de la solicitud de renovación, expedida entre los 60 días naturales antes de la fecha de expiración y los 3 meses posteriores.