
Documentación
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta resolución las entidades incluidas en la base 3.1.a) del anexo 1 de la Orden TSF/170/2018, de 8 de octubre, que estén inscritas, en el momento de presentar la solicitud, en el correspondiente Registro de centros y entidades de formación, y que consten en GIA en situación de alta o de inscripción de oficio.
También tienen que cumplir con los requisitos de nivel formativo establecidos en los programas de formación de cada una de las especialidades ofrecidas.
14.784.648 euros
Ministerio de Trabajo y Economía Social (Conferencia Sectorial)
El plazo de presentación de solicitudes empieza el 8 de febrero de 2022 y acaba el 10 de marzo de 2022, ambos incluidos.
Las entidades que resulten beneficiarias podrán iniciar las acciones formativas a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión.
Las actuaciones subvencionables que prevé esta resolución tienen que iniciarse a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión y deben finalizar, como máximo, el 30 de noviembre de 2022.
Buzón de consulta: qualificacio.soc@gencat.cat