Las solicitudes presentadas en el marco de esta convocatoria superan el presupuesto disponible. Por lo tanto, no podemos garantizar que las solicitudes presentadas a partir de ahora puedan recibir otorgamiento.

El objetivo de esta convocatoria es subvencionar la contratación laboral de personas desempleadas de 30 y más años para fomentar la creación de empleo estable y de calidad; y, en particular, la creación de puestos de trabajo para personas en situación de vulnerabilidad.
Son subvencionables los contratos indefinidos y temporales con una duración mínima de 12 meses y los contratos de obra y servicio que aporten una declaración responsable que indique una duración mínima del contrato de 12 meses. Los contratos deben ser a jornada completa en un establecimiento operativo ubicado en Catalunya y el número máximo de contratos subvencionables por persona o entidad solicitante es de cinco.
No serán subvencionables los contratos de relevo, de interinidad, para la formación y el aprendizaje ni los de prácticas.
Esta actuación está impulsada y subvencionada por el Servicio Público de Empleo de Catalunya y financiada por el Fondo Social Europeo, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19.
Programa cofinanciado por el Fondo Social Europeo
- Las entidades sin ánimo de lucro (incluidas asociaciones y fundaciones)
- Las cooperativas de trabajo asociado.
- Personas físicas o jurídicas privadas, y las comunidades de bienes, con capacidad para suscribir un contrato de trabajo.
No pueden ser beneficiarias las agencias de colocación, las empresas de inserción ni las empresas de trabajo temporal.
Se subvencionará un máximo de 5 contratos por persona o entidad solicitante.
Personas desempleadas de 30 años y más, inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de Trabajo, con capacidad para formalizar un contrato de trabajo en el momento de su firma y que cumplan, como mínimo, uno de los siguientes requisitos:
- Ser mujer.
- Ser hombre de 45 o más años.
- Ser desempleado de larga duración (se entiende por persona desempleada de larga duración la persona demandante en situación de desempleo o no dada de alta en la Seguridad Social, un mínimo de 12 meses, continuados o no, durante los últimos 18 meses anteriores a la contratación laboral objeto de la solicitud).
Desde el 10 de enero de 2022 hasta el 31 de mayo de 2022 (15 horas).
39.000.000 euros
Ampliación de importe adicional de 5.600.000 euros
Financiación 100% del FSE como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19.
Las personas o entidades solicitantes dispondrán de un plazo de presentación de solicitudes dentro de un máximo de 2 meses desde la fecha de inicio del contrato de trabajo, durante el período del 10 de enero de 2022 al 31 de mayo de 2022.
Las solicitudes deben presentarse antes de la finalización del contrato. Si una misma solicitud incluye más contratos, la entidad contratante dispondrá del plazo de dos meses a contar desde la fecha de inicio del último contrato.
31 de diciembre de 2022
Resolución EMT/3043/2022, de 22 de septiembre, por la que se amplía el importe máximo previsto en la Resolución EMT/3840/2021, de 22 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2022 para la concesión de subvenciones para la contratación laboral de personas de 30 y más años (SOC-CONT30IMES).
Resolución EMT/3840/2021, de 22 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2022 para la concesión de subvenciones para la contratación laboral de personas de 30 y más años (SOC-CONT30IMES).
Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y de la contratación de personas en situación de paro (SOC-CONTRATACIÓN).
Consultas: contractes30.soc@gencat.cat