Las especialidades de alta en el Catálogo de especialidades del SOC tienen validez en todo el territorio estatal. El SOC valorará una alta de una nueva especialidad siempre y cuando suponga una innovación, haya una capacidad de inserción laboral y/o dé respuesta a las necesidades del mercado de trabajo.
Podéis encontrar más información sobre la inclusión de especialidades formativas en la Guía informativa del Catálogo de especialidades del SOC.
Para poder impartir estas especialidades, las entidades tienen que estar inscritas o acreditadas en el Registro de entidades de formación del SOC.
Para el ejercicio profesional de algunas ocupaciones en algunos sectores es imprescindible la obtención previa del documento que certifica la competencia profesional de la persona trabajadora.
Hay especialidades formativas que habilitan para el desarrollo de algunas ocupaciones. Por ejemplo, las especialidades de la familia de la ganadería relacionadas con el bienestar animal. Para poder ejercer algunas profesiones hay que hacer una formación previa para obtener la habilitación correspondiente.
Podéis consultar otras especialidades del Catálogo de especialidades formativas que también habilitan para el ejercicio profesional (actualización: 15-3-2024).