Para acceder a la aplicación, el usuario principal tiene que identificarse con el CIF/NIF/NIE de la empresa y con su clave personal; mientras que el usuario asociado se identifica con su NIF/NIE y su clave personal. Todas las empresas autorizadas pueden tener, además del usuario principal, tantos usuarios asociados como quieran.
Cabe destacar que, en cualquier proceso de la aplicación, las claves de acceso hacen de firma del envío.
Hay tres maneras de comunicar los contratos, copias básicas, prórrogas, transformaciones, llamamientos, etc:
La comunicación de una contratación se tiene que hacer antes de 10 días hábiles desde la fecha de inicio del contrato de trabajo. Transcurrido este periodo, aunque la aplicación de Contrat@ permite el registro, emite un mensaje de error donde deja constancia que “la comunicación se ha emitido fuera de plazo”.
Todos los colegiados profesionales y empresas, que hayan sido autorizados para actuar en nombre de terceros, tienen que tener la representación de las empresas en nombre de las cuales actúan, en el plazo establecido en la ley. Los Servicios Públicos de Empleo pueden pedir esta representación en cualquier momento.