- ¿Cuáles son las especialidades formativas existentes dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad?
- Si quiero solicitar un certificado de profesionalidad y observo en el desplegable de unidades de competencia de la solicitud que no he superado todas las que me indica, ¿qué tengo que hacer?
- Si he realizado una parte del certificado de profesionalidad en otra comunidad autónoma, ¿se me reconoce?
- Si he cursado los módulos formativos del certificado de profesionalidad en diferentes comunidades autónomas, ¿dónde tengo que solicitar el certificado de profesionalidad?
- Si he cursado el certificado de profesionalidad mediante formació gestionada por la Fundación Tripartita o el Servicio de Empleo Público de Empleo Estatal, ¿ a qué organismo tengo que solicitar el certificado de profesionalidad?
- Si tengo superado parte de un Ciclo Formativo de Educación, ¿puedo solicitar un certificado de profesionalidad?
- ¿Si tengo superado parte de un Ciclo Formativo de Enseñanza puedo solicitar una acreditación parcial acumulable?
- Si he participado en el programa “Qualifica’t”, Medidas Flexibilizadoras, u otros procesos del Departamento de Educación de convalidación de créditos correspondientes al título de grado medio o superior, ¿puedo solicitar el certificado de profesionalidad?
- Si he hecho y superado un proceso de acreditación de competencias obtenidas mediante la experiencia laboral y la formación no formal, que ha sido convocado y gestionado por otra comunidad autónoma, ¿puedo solicitar la expedición del certificado de profesionalidad al Servicio de Empleo de Catalunya?
- ¿Tengo que hacer algún ingreso para obtener un certificado de profesionalidad o acreditación parcial acumulable?
- Si me equivoco al registrar en la web la solicitud de inscripción, expedición y entrega de un certificado de profesionalidad o acreditación parcial acumulable, ¿qué tengo que hacer?
- En el cuadro de unidades de competencia superadas del certificado de profesionalidad, ¿qué tengo que indicar en el apartado “Vía de obtención”?
- ¿Qué tengo que indicar en el apartado ”Administración laboral o educativa competente que lo ha expedido”?
- ¿Cómo puedo obtener y acreditar el módulo de formación práctica en centros de trabajo?
- ¿Pueden acreditarse las unidades formativas?
- Si he realizado y superado un proceso de acreditación de competencias obtenidas a través de la experiencia laboral y de la formación no formal, pero no he acreditado todas las unidades de competencia que integran un certificado de profesionalidad ¿Puedo solicitar una Acreditación Parcial Acumulable?
- ¿Dónde tengo que presentar la solicitud de certificados de profesionalidad o acreditaciones parciales acumulables?
- Una vez la persona solicitante ha pagado la tasa, ¿tiene que hacer algún paso más?
¿Cuáles son las especialidades formativas existentes dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad?
Si quiero solicitar un certificado de profesionalidad y observo en el desplegable de unidades de competencia de la solicitud que no he superado todas las que me indica, ¿qué tengo que hacer?
Si observas esto, significa que todavía no tienes derecho a obtener el certificado de profesionalidad, puesto que no tienes todas las unidades de competencia del certificado; en este caso, puedes corregir y solicitar una acreditación parcial acumulable de las unidades de competencia que hayas superado.
Si he realizado una parte del certificado de profesionalidad en otra comunidad autónoma, ¿se me reconoce?
Si ya has realizado el trámite, lo tienes que indicar en la solicitud; también debes indicar qué parte has cursado y acreditado y qué administración te lo ha expedido.
Si he cursado los módulos formativos del certificado de profesionalidad en diferentes comunidades autónomas, ¿dónde tengo que solicitar el certificado de profesionalidad?
El Servicio Público de Empleo de Catalunya validará las solicitudes de los certificados de profesionalidad que se hayan cursado íntegramente en Catalunya, bajo su ámbito competencial; y también de aquellos en que, a pesar de que se haya cursado alguna parte en otra comunidad autónoma, el último módulo formativo con el cual se ha completado el certificado de profesionalidad se ha cursado en Catalunya —siempre que se haya pedido previamente a la otra comunidad autónoma la acreditación parcial acumulable correspondiente (ver pregunta anterior)—.
Si una persona ha cursado la totalidad, o la última parte que le faltaba del certificado de profesionalidad en otra comunidad autónoma, tiene que solicitar la expedición del certificado de profesionalidad a esta otra comunidad autónoma. Si la persona ha cursado una parte del certificado de profesionalidad en Catalunya —siempre que no haya sido la última parte—, deberá solicitar la acreditación parcial acumulable al SOC.
Si he cursado el certificado de profesionalidad mediante formació gestionada por la Fundación Tripartita o el Servicio de Empleo Público de Empleo Estatal, ¿ a qué organismo tengo que solicitar el certificado de profesionalidad?
Si tengo superado parte de un Ciclo Formativo de Educación, ¿puedo solicitar un certificado de profesionalidad?
Es por ello que, para solicitar la expedición del certificado de profesionalidad, por parte del alumnado que ha hecho parte de un ciclo formativo, hace falta que facilites una copia compulsada de este certificado académico, expedido por el Departamento de Educación, con el contenido mínimo que se detalla a continuación:
- Datos del centro o establecimiento.
- Datos de quien certifica (nombre y apellidos, DNI y cargo).
- Datos del/de la alumno/a (nombre, apellido, DNI/NIE).
- Datos del ciclo formativo matriculado (código, nombre, Real Decreto que lo regula) o bien programa formativo (nombre, orden que lo regula).
- Requisitos de acceso que alega el/la alumno/a.
- Calificación final de los módulos superados (MP y MPCT), (código/ denominación/calificación obtenida/convocatoria/año).
- Correspondencia de los módulos profesionales superados con las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Calificaciones Profesionales para la acreditación de unidades de competencia.
- Lugar, fecha del certificado y firma de quien certifica (secretario/a y director/a del IES).
¿Si tengo superado parte de un Ciclo Formativo de Enseñanza puedo solicitar una acreditación parcial acumulable?
Quienes, a través de las enseñanzas cursadas en el sistema educativo, hayan obtenido la certificación académica que acredite la superación de algunos módulos profesionales asociados a unidades de competencia que integran un certificado de profesionalidad, pero sin completarlo, no deben solicitarlo. licitar la acreditación parcial acumulable del certificado de profesionalidad. Lo que debe hacer, en el caso de que desee completar un certificado de profesionalidad, es inscribirse en un curso de certificado de profesionalidad autorizado por el SOC para completarlo, en el que los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que ya tenga acreditadas a través de la certificación académica del sistema educativo explicado en la pregunta anterior, estará exentos de cursarlos.
Si he participado en el programa “Qualifica’t”, Medidas Flexibilizadoras, u otros procesos del Departamento de Educación de convalidación de créditos correspondientes al título de grado medio o superior, ¿puedo solicitar el certificado de profesionalidad?
- Convalidación y reconocimiento de los créditos correspondientes, en el caso de los títulos de ley LOGSE (Ley Orgánica General del Sistema Educativo).
- Convalidación y reconocimiento de los módulos y unidades formativas correspondientes, en el caso de los títulos de LOE (Ley Orgánica de Educación).
Es necesario dirigirse previamente al Departamento de Educación para que le asesore y le expida, en caso de que cumpla con los requisitos académicos para obtenerlo, el certificado académico detallado en la pregunta anterior.
Si he hecho y superado un proceso de acreditación de competencias obtenidas mediante la experiencia laboral y la formación no formal, que ha sido convocado y gestionado por otra comunidad autónoma, ¿puedo solicitar la expedición del certificado de profesionalidad al Servicio de Empleo de Catalunya?
No, tienes que solicitar la expedición del certificado de profesionalidad a la administración laboral competente de la comunidad autónoma donde hayas realizado el proceso de acreditación de competencias.
¿Tengo que hacer algún ingreso para obtener un certificado de profesionalidad o acreditación parcial acumulable?
Si tu solicitud de certificado de profesionalidad, o acreditación parcial acumulable, se resolvió antes del 1 de enero de 2022, se aplican tasas —tanto para la solicitud de originales como para los duplicados— por la expedición y la entrega de certificados de profesionalidad o acreditaciones parciales acumulables, excepto —en el caso de los originales— aquellos casos en que la persona interesada pueda acreditar que cumple con una de las causas de exención o bonificación de la tasa que la normativa prevé.
Si presentaste la solicitud a partir de la fecha de 1 de enero de 2022, ya no se te aplicará ninguna tasa; ni tampoco si tu solicitud se ha resuelto a partir de esta fecha, tal como establece la Ley de presupuestos de la Generalitat para el año 2022.
Si me equivoco al registrar en la web la solicitud de inscripción, expedición y entrega de un certificado de profesionalidad o acreditación parcial acumulable, ¿qué tengo que hacer?
Una solicitud no quedará registrada hasta que no presentes, en el registro de tu Oficina de Trabajo, el documento de solicitud que debes imprimir al final del proceso de introducción de datos de la solicitud; o bien, la presentes como documento adjunto mediante la petición genérica. Por lo tanto, no hay ningún problema en que inicies una nueva solicitud con los datos correctos tantas veces como sea necesario.
En el cuadro de unidades de competencia superadas del certificado de profesionalidad, ¿qué tengo que indicar en el apartado “Vía de obtención”?
- Vía formativa (administración laboral):
- Mediante la formación realizada en un centro que haya sido autorizado por el SOC para impartir certificados de profesionalidad. En este caso, el/la alumno/a tiene que superar con evaluación positiva los módulos formativos asociados a cada unidad de competencia que quiere acreditar.
- Vía formativa (administración educativa):
- Mediante la realización de módulos profesionales del Departamento de Educación asociados a las unidades de competencia que conforman un certificado de profesionalidad, siempre que se acredite que se han superado los módulos.
- Vía acreditación de experiencia laboral y vías no formales de formación:
- Mediante los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia profesional o vías no formales de formación, que convocan conjuntamente la administración laboral y la educativa.
La tercera opción está regulada en el Real Decreto RD 1224/2009. Por este motivo, el enunciado de la solicitud que indica “Acreditación de competencias RD 1224/2009” se refiere a cualquiera de los procesos regulados por este real decreto, realizado en cualquiera de las comunidades autónomas.
¿Qué tengo que indicar en el apartado ”Administración laboral o educativa competente que lo ha expedido”?
El derecho a la obtención de certificados de profesionalidad está sujeto a tener todas las unidades de competencia que lo componen; se puede dar el caso que la persona interesada haya obtenido una acreditación parcial acumulable de un certificado en otra comunidad autónoma, o que hayas realizado parte del certificado de profesionalidad mediante la formación reglada (Educación). En este supuesto, tendrás que acreditar este hecho mediante una copia compulsada del documento acreditativo e indicar cuál es la administración que ha expedido este documento.
¿Cómo puedo obtener y acreditar el módulo de formación práctica en centros de trabajo?
Cada certificado de profesionalidad tiene un módulo de formación práctica en centros de trabajo asociados. Este módulo se tendrá que realizar —preferentemente— una vez se hayan superado el resto de módulos formativos de cada certificado de profesionalidad, a pesar de que también podrá realizarse simultáneamente a la realización de estos.
El módulo de prácticas no corresponde a ninguna unidad de competencia; por lo tanto, no puede ser objeto de acreditación parcial acumulable.
Podrá solicitar la exención de tener que realizar el módulo de prácticas. Están exentos de realizar el módulo de prácticas los alumnos de los programas de formación en alternancia con el trabajo, del área del correspondiente certificado; y también las personas que puedan acreditar una experiencia laboral mínima de tres meses, que se corresponda con las capacidades previstas en este módulo.
La acreditación de la experiencia laboral tendrá que acreditarse mediante un certificado de empresa en el que conste: la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en que se ha realizado esta actividad. La persona interesada tendrá que hacer la solicitud de exención de este módulo de acuerdo con las instrucciones establecidas por el SOC, que le expedirá un certificado de exención.
La solicitud de exención del módulo de prácticas la puede realizar, conjuntamente, con la solicitud del certificado de profesionalidad.
¿Pueden acreditarse las unidades formativas?
No, la unidad mínima acreditable es la unidad de competencia, no las unidades formativas. Las unidades formativas son partes de una unidad de competencia que permiten al/la alumno/a realizar de forma más escalonada el contenido formativo asociado a una unidad de competencia y, en el momento que complete todo el contenido formativo de una unidad de competencia, podrás solicitar la acreditación parcial acumulable —si así lo deseas—.
Si he realizado y superado un proceso de acreditación de competencias obtenidas a través de la experiencia laboral y de la formación no formal, pero no he acreditado todas las unidades de competencia que integran un certificado de profesionalidad ¿Puedo solicitar una Acreditación Parcial Acumulable?
Al finalizar el procedimiento de acreditación de competencias profesionales, la certificación que le expedirá la secretaría de la comisión evaluadora, en la que se le reconocen una serie de unidades de competencia acreditadas que no corresponden a una cualificación profesional entera, tiene los efectos de acreditación parcial acumulable para la consecución de certificados de profesionalidad y/o títulos de formación profesional, por tanto, no debe solicitar la acreditación parcial acumulable del certificado de profesionalidad.
Lo que deberá hacer, en caso de que desee completar el certificado de profesionalidad, es inscribirse en un curso de certificado de profesionalidad autorizado por el SOC, en el que, los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que ya tenga acreditadas a través del proceso de acreditación de competencias, estará exentos de cursarlos, y una vez supere el resto de los módulos formativos podrá solicitar la expedición del certificado de profesionalidad.
¿Dónde tengo que presentar la solicitud de certificados de profesionalidad o acreditaciones parciales acumulables?
La solicitud de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables debes presentarla por registro —preferentemente por vía telemática—; una vez rellenada, debes adjuntarla a la petición genérica de la Oficina Virtual de Trámites de la Generalitat, o bien en el registro de tu Oficina de Trabajo —se recomienda solicitar cita previa—. También la puedes presentar en el Servicio Territorial que corresponda, de acuerdo con el punto de recogida del título que hayas elegido en la solicitud y que la misma solicitud indica.
Así mismo, puedes presentar la solicitud por medio del registro de cualquier dirección del Servicio de Público de Empleo de Catalunya.
Finalmente, puedes presentar las solicitudes por cualquier de los procedimientos administrativos que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Una vez la persona solicitante ha pagado la tasa, ¿tiene que hacer algún paso más?
No; una vez pagada la tasa, el trámite de la solicitud se acaba con la impresión del título definitivo, el cual se enviará a la Oficina de Trabajo que la persona solicitante haya indicado en la solicitud de certificado de profesionalidad. Una vez lo reciba la Oficina de Trabajo, se pondrá en contacto con la persona solicitante para que vaya a recogerlo.
Recuerda que, a las solicitudes presentadas a partir del 1 de enero del 2022, ya no se les aplicará ninguna tasa —tal como establece la Ley de presupuestos de la Generalitat para el 2022—.