Características y requisitos
¿Quién puede solicitar la ayuda por ERTE?
- Personas que sean titulares de la prestación contributiva por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), derivada de un ERTE como causa de la Covid-19.
- Personas con contrato fijas-discontinuas que cobren prestación extraordinaria.
¿Qué requisitos tengo que cumplir?
Para acceder a la inscripción las personas interesadas tienen que cumplir los requisitos siguientes:
- Tener el domicilio en un municipio de Catalunya entre el 1 y el 31 de enero de 2022, periodo en el cual la persona solicitante percibía el ERTE o la ayuda extraordinaria.
- Estar en situación de ERTE activo derivado de la Covid-19, con suspensión total o parcial del contrato, y que este ERTE coincida —al menos un día— con el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2022.
- Que sean titulares de la prestación contributiva por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), o de la prestación extraordinaria en el caso de contrato fijo-discontinuo (artículo 9 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de diciembre), o que tengan pendiente el reconocimiento de la prestación por parte del SEPE, derivada de un ERTE dentro del mismo periodo indicado.
- No tener deudas tributarias ni con la Seguridad Social y cumplir el resto de requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y otra normativa aplicable (se considera deuda —entre otras— las multas no pagadas o no haber pagado los tributos municipales).
¿De qué importe es la ayuda?
El importe otorgado variará según los días que se haya estado en situación de un ERTE Covid-19, o según los días de reconocimiento de la prestación extraordinaria para personas con contrato fijo discontinuo, durante el periodo entre el 1 de junio de 2021 al 31 de enero de 2022.
- De 1 a 90 días: 600 euros - Importe estimado
- 91 días o más: 700 euros - Importe estimado
¿Cuándo puedo pedir la ayuda?
El formulario de inscripción previa se puede presentar desde las 9 horas del día 5 de abril de 2022 hasta las 14 horas del día 14 de abril de 2022.
Si el ERTE de la empresa no se deriva de la Covid-19, ¿puedo pedir la ayuda?
No, el ERTE de la empresa tiene que derivarse de las medidas preventivas y de contención adoptadas para paliar la Covid-19.
¿Tengo derecho a la ayuda con un ERTE parcial?
Sí, la ayuda es para personas con bases reguladoras de la prestación por desempleo y de la prestación extraordinaria más bajas afectadas por un ERTE, como consecuencia de la suspensión total o parcial de sus contratos de trabajo.
Si tengo un contrato fijo-discontinuo, pero no recibo prestación extraordinaria: ¿tengo derecho a la ayuda?
No, la norma establece que, para optar a la ayuda en el caso de contrato fijo-discontinuo, tienes que recibir la prestación extraordinaria (el artículo 9 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de diciembre).
Si he estado con ERTE por Covid-19 algún día durante el mes de enero de 2022, pero todavía no he recibido la prestación ni el reconocimiento del SEPE: ¿tengo derecho a esta ayuda?
Sí, si la empresa estuvo en ERTE durante el mes de enero del 2022 —a pesar de que no se te haya reconocido la prestación contributiva por parte del SEPE—, cuando este organismo te la reconozca con efectos retroactivos, tendrás derecho a la ayuda si has realizado la inscripción previa y cumples con el resto de requisitos.
¿Cómo puedo saber los días que he estado en situación de ERTE o si me he beneficiado de la prestación extraordinaria entre el periodo del 1 de junio de 2021 al 31 de enero de 2022?
Puedes hacer la consulta a su empresa, o consultar los datos de la prestación en la web del SEPE.
Si tengo otorgada la ayuda ERTE Covid-19 que solicité en el mes de febrero y/o en el mes de julio de 2021,¿puedo solicitar esta nueva ayuda?
Si cumples los requisitos de esta nueva ayuda, puedes hacer la solicitud dado que no hay incompatibilidad.
Si solicité la ayuda ERTE COVID-19 en el mes de julio de 2021 y no tengo todavía una resolución, ¿puedo solicitar la ayuda?
Si cumples los requisitos de esta nueva ayuda, puedes hacer la solicitud dado que no hay incompatibilidad.
¿Puedo solicitar la ayuda a pesar de no estar al corriente de las obligaciones tributarias?
El formulario de solicitud incluye una declaración responsable donde la persona solicitante tiene que manifestar que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias.
¿Cuándo sabré si recibiré la ayuda?
Una vez se publiquen las bases y se resuelva la convocatoria, se informará a las personas perceptoras de la ayuda.
¿Quién se inscribe primero tiene prioridad para cobrar la ayuda?
No, la prelación por orden de entrada en la inscripción previa no otorga preferencia en la concesión de la ayuda.
Formulario de inscripción previa
¿Cómo tengo que hacer la inscripción previa?
La ayuda solo se puede solicitar telemáticamente y mediante el formulario específico que estará disponible durante las próximas semanas. Cualquier otro tipo de formulario de solicitud no será admitido.
¿Puedo hacer la inscripción mediante una petición genérica?
No, no se tendrá en cuenta ni contará la fecha de presentación de las solicitudes que se tramiten mediante una petición genérica o cualquier otra manera de comunicarse con la administración diferente del formulario específico.
¿Tengo que hacer la presentación de las solicitudes obligatoriamente por internet?
Sí, tienes que presentar la solicitud obligatoriamente por internet.
¿Puedo solicitar la ayuda sin firma digital?
No; tal como se establece en la orden de preinscripción para solicitar esta ayuda, es imprescindible la firma digital.
No puedo finalizar el formulario de inscripción por un error de identificación con mi idCAT Móvil. ¿Qué tengo que hacer?
Si tienes problemas con la identificación idCAT Móvil, comprueba —antes de acceder al formulario de inscripción— que, cuando te identificas con tu idCAT Móvil, indicas correctamente que se trata de un NIF o de un NIE:
Imagen 1: Captura de pantalla de los campos de identificación con idCAT móvil
¿Qué información tengo que rellenar en el formulario de inscripción previa?
Las personas interesadas tienen que rellenar los siguientes datos:
- Datos de identificación de la persona solicitante de la inscripción: NIF/NIE, nombre, apellidos.
- Datos de contacto de la persona solicitante de la inscripción.
- Dirección del domicilio de la persona solicitante de la inscripción.
- Datos de la empresa afectada por el ERTE derivado de la Covid-19.
- Tramo en el cual se encuentra incluido —en función de cuántos días ha estado en situación de suspensión, o cuántos días tienes reconocidos de la prestación por desocupación derivada del ERTE o prestación extraordinaria, en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de enero de 2022—.
- Cuenta bancaria de la que la persona solicitante sea titular.
- Declaraciones responsables en relación con el cumplimiento de los requisitos.
¿Qué tengo que poner en el campo “Título de actividad” del formulario de inscripción previa?
En el campo “Título de actividad” del formulario de inscripción previa tienes que poner: Ayuda ERTE COVID-19-2022.
¿Puede presentar otra persona la solicitud en nombre de alguien?
No, única y exclusivamente la persona tutora o cuidadora podrá presentar el formulario de inscripción previa —en el supuesto de personas sometidas al régimen legal de tutela o curatela que no puedan obtener la idCAT móvil o el certificado digital, y que cumplan con los requisitos establecidos—.
¿Puedo enviar el formulario de inscripción previa más de una vez?
Cada persona puede presentar un único formulario normalizado de inscripción previa.
¿Qué documentos tengo que aportar para solicitar la ayuda?
Ninguno, para hacer la solicitud de la ayuda será suficiente con cumplir los requisitos establecidos en la orden de convocatoria y rellenar el formulario con los datos requeridos y firmarlo electrónicamente.
Y si hago varias inscripciones, ¿cuál será válida?
En el supuesto de que la misma persona interesada presente varios formularios de inscripción previa, únicamente se considerarà válido el último de los presentados.
Si al hacer una solicitud cometo un error en la información, ¿de qué manera puedo solucionar este error?
En caso de que quieras modificar los datos enviados, tienes que presentar una nueva solicitud de inscripción con los datos correctos. Únicamente se considerará válida la última solicitud presentada. Una vez finalizado el plazo para la inscripción previa no se pueden hacer cambios en la información del formulario.
¿Dónde puedo encontrar el formulario para rellenar?
Lo puedes encontrar en el apartado “Trámites” de la Sede electrónica de la Generalitat de Catalunya: tienes que buscar el trámite “Inscripción previa en las ayudas extraordinarias para personas trabajadoras afectadas por un ERTE derivado de la Covid-19”.
¿Cómo sabré que he hecho la inscripción correctamente?
Una vez enviado electrónicamente el formulario de inscripción previa, sabrás que lo has tramitado correctamente porque recibirás un acuse de recibo telemático que indicará el código de trámite (ID), el número de registro y la fecha de registro de la inscripción realizada.
Si el último día de presentación de solicitudes, la sede electrónica no funciona correctamente, ¿se ampliará el plazo para enviar el formulario de inscripción previa?
En el supuesto que —por circunstancias accidentales— el funcionamiento de la sede electrónica esté interrumpido durante el último día establecido para presentar las solicitudes, podrás realizar la presentación durante los tres días hábiles consecutivos siguientes.
¿Qué se entiende por interrupción del funcionamiento de la sede?
Cualquier incidencia que haya mantenido inoperativo el servicio y que haya sido registrada en el buscador de avisos y cortes del servicio.
idCAT Móvil
¿Cómo puedo obtener idCAT Móvil?
Puedes hacer el trámite mediante la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya: tienes que darte de alta en el idCAT Móvil, elegir la opción "Alta sin certificado" y pulsar el botón "Empieza".
¿Qué necesito para obtener idCAT Móvil?
Para solicitar el idCAT Móvil tienes que disponer de:
- DNI o TIE.
- Tarjeta sanitaria o MUFACE.
- Teléfono móvil.
Si no tengo ningún certificado digital y he perdido la Tarjeta sanitaria individual (TSI), ¿qué tengo que hacer?
Si has perdido la TSI, tienes que dirigirte al CAP que tengas asignado y solicitar un duplicado: al hacer la solicitud te darán un comprobante en el cual también podrás consultar el código de barras. También puedes solicitar un duplicado por teléfono en el 061 Salud Responde.
¿Puedo obtener el idCAT Móvil si tengo el DNI caducado?
Todos los documentos que tienes que aportar deben ser vigentes en el momento del registro. Si el DNI está caducado, no puedes pedir el idCAT Mòbil por internet: tienes que pedirlo presencialmente y aportar el comprobante de renovación. Consulta las oficinas donde puedes darte de alta en el idCAT Móvil.
Importe y pago de la ayuda
¿Cómo puedo saber el importe que me ha sido otorgado?
Mediante la resolución publicada a la e-tablero: hace falta que introduzcas los cuatro dígitos centrales de tu DNI/NIE (***0000**) y las iniciales de tus apellidos y nombre.
¿Cómo recibiré el importe otorgado?
Mediante pago único en la cuenta bancaria que has facilitado en el formulario de preinscripción.
No he recibido ninguna comunicación y no estoy incluido en la resolución publicada. ¿Qué significa?
Si todavía no has recibido ninguna comunicación, quiere decir que tu solicitud se encuentra en fase de valoración. El plazo máximo establecido en la convocatoria para resolver es de seis meses — a contar desde el 1 de junio de 2022—.
Si no estoy de acuerdo con el importe otorgado, ¿cómo puedo hacer una reclamación?
El importe otorgado se determina de acuerdo con los datos facilitados en el formulario de preinscripción —que incluyen la declaración responsable y que la persona solicitante ha firmado electrónicamente—.
Si no estás de acuerdo con el importe otorgado en la resolución, puedes interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución.
Quiero presentar un recurso y no dispongo de número de expediente, ¿cómo puedo obtenerlo?
El recurso de alzada lo tienes que presentar mediante el trámite de petición genérica, dirigida al Servicio Público de Empleo y firmada por la persona solicitante. En este trámite no se te requiere un número de expediente. Te recomendamos que indiques en el motivo de la petición la convocatoria pertinente de la ayuda ERTE (junio 2022).
He presentado un recurso, ¿cuándo sabré la respuesta?
De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el plazo para resolver un recurso de alzada es de tres meses. Las personas solicitantes recibiréis una notificación cuando se resuelva vuestro recurso.
Más información
Buzón de contacto: tercerajutertocovid19.soc@gencat.cat